El próximo lunes día uno de Julio de dos mil diecinueve se celebrará (D.M.) Cabildo de Oficiales de Convocatoria de Elecciones con el fin de abrir el proceso electoral. En la convocatoria, en uno de los puntos del orden del día está previsto, en su caso, la aprobación provisional del «Censo Electoral».
Por tal motivo, recordamos a todos nuestros hermanos la Regla 116 apartado c) aprobadas en Cabildo General Extraordinario celebrado el once de Febrero de dos mil diecinueve:
«El censo electoral provisional estará a disposición de los hermanos, donde el hermano que no se encuentre al día de pago de las cuotas, podrá cumplir con este requisito, a los efectos de su inclusión en el censo definitivo y una vez concluido el plazo de consulta personal del censo electoral, la Comisión Electoral, resuelta las eventuales reclamaciones de los interesados y aprobado definitivamente el censo, remitirá dos copias del mismo, selladas y firmadas por el secretario de la Junta de Gobierno, a la Delegación Episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías».
Secretaria@hermandadsanroque.com